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4.6.13

El Juzgado de lo social número 2 de Tarrasa ha considerado como nulo el despido de Anna Tarrés por parte de la Federación de Natación y debido a que no hay posibilidad de que readmitan a la entrenadora de natación sincronizada la indemnización será de 383.000 euros.

De esta forma, la sentencia declara nulo el despido disciplinario de Tarrés del pasado 17 de diciembre, dos semanas antes de que finalizara el contrato de la ex seleccionadora. Todo estos enfrentamientos entre la Federación y Anna Tarrés se remontan desde los Juegos Olímpicos de Londres en los que el equipo de sincronizada ganó dos medallas, una plata y un bronce. Después, la Federación comunicaba que no renovaría el contrato de Tarrés. La ex seleccionadora demandó a la Federación por violación de derechos fundamentales y acoso moral al haber nombrado sustituta y no haberle dejado desempeñar sus funciones en los últimos meses de contrato.

En definitiva, el Juzgado número dos de lo social de Tarrasa ha fallado que ha sido un despido disciplinario improcedente debido a que la Federación de natación motivaba el despido de Tarrés por “transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza” y la acusaba de estar detrás de los contratos de representación que habían firmado sus nadadoras con un tercero. Según la sentencia, “no está acreditado que la autora fuera la promotora de dichos contratos de representación, sin perjuicios de que se pudieran tener sospechas, que si más evidencias solo quedan en eso”.


La RFEN deberá pagar a Tarrés 78.367 euros en concepto de salario más 65.000 euros por los objetivos deportivos conseguidos: Campeonatos de Europa y Juegos Olímpicos de Londres 2012, así como la antigüedad devengada desde el 1 de enero de 1997, cuando firmó su primer contrato. 

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